SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0976/2003-R
Fecha: 14-Jul-2003
III.2
III.2 Con los mismos fundamentos del presente Recurso, el recurrente interpuso un anterior hábeas corpus contra las mismas autoridades y otras, cuya improcedencia fue aprobada en revisión por el Tribunal Constitucional a través de la SC 129/03-R de 31 de enero del presente año. Por consiguiente, al existir identidad de objeto, sujeto y causa, no se abre la competencia del Tribunal Constitucional para conocer el fondo del Recurso, correspondiendo declarar su improcedencia, pues incurriría en duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto, conforme ha establecido a través de su jurisprudencia contenida en las SSCC 519/2000-R, 780/2000-R, 001/2001-R, 867/2001-R, 88/2002-R y 465/2002-R, entre otras.