Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1014/2003-R
Fecha: 21-Jul-2003
II.1
II.1 Dentro del proceso penal instaurado contra el recurrente, el Juez recurrido pronunció sentencia condenatoria el 5 de febrero de 2003 en la Sala de Audiencias de ese Juzgado, constando haberse advertido a las partes del derecho a utilizar en tiempo oportuno los recursos previstos en los arts. 283 y 284 CPP (fs. 19 a 22 y 24).