SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2003-R

Fecha: 23-Jul-2003

III.2

III.2   En el caso de autos, consta que la Corte de amparo dispuso que los recurrentes acrediten el número de recurrentes, además de adjuntar los antecedentes tanto del proceso penal de referencia como del recurso de hábeas corpus aludidos, y finalmente señalar con precisión el o los derechos y garantías que se consideran conculcados, a cuyo efecto se otorgó el plazo de 48 horas.