Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1043/2003-R
Fecha: 23-Jul-2003
III.2
III.2 Respecto a la supuesta omisión en la que incurrió el Fiscal recurrido, consta en el expediente que, al contrario, esa autoridad respondió a la solicitud del recurrente, habiendo ordenado que se le haga entrega de la fotocopia solicitada, aunque la misma no fue recogida por los solicitantes, extremo que ya no es de responsabilidad del Fiscal recurrido.