Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1046/2003-R
Fecha: 23-Jul-2003
III.3
III.3 En la especie, consta que el recurrente estuvo detenido doce horas aproximadamente, sin que se hubiera expedido en contra suya mandamiento por autoridad competente y sin que se hubieran dado las situaciones previstas en los arts. 225 y 227-I CPP, por lo que constituye sin duda una detención ilegal.