Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1054/2003-R
Fecha: 28-Jul-2003
III.2.
III.2. Conforme lo ha establecido el Tribunal Constitucional, la persecución indebida debe ser entendida como “...la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por la ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por ley e incumpliendo las formalidades y requisitos de ella” (SSCC 1287/2001-R, 662/2003-R, entre otras).