Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 953/2003-R
Fecha: 08-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL INFORME
El recurso que se revisa fue interpuesto en representación sin mandato de Edgar Mamani Beltrán, alegándose que el Director del Hospital VIEDMA no permite que aquél salga de esas instalaciones mientras no cancele las deudas por atención médica, lo que constituye detención indebida. Sin embargo, en la respectiva audiencia, Edgar Mamani B. negó conocer y haber contratado los servicios del abogado patrocinante Pablo Stambuk y que en ningún momento fue objeto de detención indebida. Por consiguiente, corresponde determinar si tales hechos merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.