autoridad judicial ya ha dictado sentencia
De los antecedentes que cursan en el expediente se establece que la autoridad judicial ya ha dictado sentencia encontrándose el proceso civil coactivo seguido por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Paz” contra Carlos Modesto Aliaga Oropeza, en ejecución de la misma (fs. 3 vta.); fase en la que el coactivado solicitó al Juez de la causa promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 42 de la Ley 1760, con el fundamento de que al no guardar la norma impugnada igualdad entre el bien y el precio que por él se paga, atentando contra la propiedad privada y dejando en estado de indefensión al propietario del bien, al no concederle las garantías de audiencia, al privar al coactivado de liberarse de las obligaciones a que fue condenado, al aplicarse el producto del remate y el de recibir el remanente correspondiente, al derecho de participar en la fijación del valor del inmueble y vulnerar el principio de generalidad, dicha norma es inconstitucional; de lo que se infiere que no existe una decisión pendiente en la que el juez tenga que aplicar la disposición legal cuya inconstitucionalidad solicita se promueva; en consecuencia no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial, por lo mismo no concurre la condición de procedencia del recurso.
