toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial
A su vez el art. 54 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece que el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto.
Por su parte, el art. 30-4) LTC referido a la forma y contenido de las demandas y recursos, establece que éstos deberán contener el petitorio formulado con precisión y claridad, citando la norma constitucional infringida, las leyes, decretos, resoluciones o actos contrarios a la Constitución y especificando la justificación por las que ellas resulten inconstitucionales.
