APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 9 de agosto de 2003, pronunciada por Luz Marina Céspedes Céspedes, Jueza de Instrucción Sexta en Materia Civil-Comercial de Santa Cruz, cursante a fs. 177 y 178 del expediente.
