APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33.I inc. 1) LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución 351/03 de 19 de agosto de 2003, pronunciada por M. Consuelo Chacón Schmidt de Méndez, Jueza Tercera de Partido en lo Civil-Comercial de La Paz, cursante a fs.63 del expediente.
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- Fragmento 4
- la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
- APRUEBA
