AUTO CONSTITUCIONAL 395/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 395/2003-CA

Fecha: 29-Ago-2003

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Jacinto Choque Mamani dentro del proceso coactivo seguido por Caja Los Andes S.A. F.F.P. en su contra y la de Claudina Colque Choque, presenta memorial ante el Juez de la causa argumentando que la base del presente proceso ha sido la cláusula duodécima del contrato de préstamo, donde claramente se estable la renuncia al proceso ejecutivo y se permite la aplicación del art. 48 al 51 de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760 de 28 de febrero de 1997, la misma que lesiona y vulnera el derecho a la defensa constitucionalmente garantizado en el art. 16-II de la Constitución. Agrega señalando que producto de ello es la Resolución 280/01 de 23 de mayo de 2001 que en su contenido objetiviza la violación de principios procesales civiles, los que doctrinalmente garantizan el derecho a la defensa, además desconoce lo que doctrinalmente se conoce como la pirámide de Kelsen al dar prioridad a una ley antes que a las normas constitucionales, por lo que -afirma- promueve el presente recurso indirecto o incidental  de inconstitucionalidad en cuanto se ha vulnerado principios doctrinales, constitucionales y procesales, art. 16-II de la Constitución Política del Estado, art. 3-3),  y 90 del Procedimiento civil, además de lesionar la doctrina misma del derecho civil y sus principios procesales.