Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente alega que las autoridades recurridas han vulnerado el derecho a la libertad, a la defensa y al debido proceso de su representado, al haberle declarado rebelde y contumaz a la Ley, designándole un defensor que no pudo asumir defensa por no haber sido notificado debidamente con su designación. Por tanto, corresponde determinar si tales hechos merecen la protección que brinda el art. 18 CPE.