Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1213/2003-R
Fecha: 25-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos a la libertad y al debido proceso previstos por los arts. 6.II y 16.IV CPE, por cuanto la autoridad demandada ha incurrido en detención indebida al no suscribir la minuta de hipoteca ni expedir el mandamiento de libertad, no obstante que se aceptó su solicitud de sustitución de fianza económica por real y se concedió su libertad, habiendo observado además que el valor catastral del inmueble no cubre el monto de la fianza fijada. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 CPE.