Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1224/2003-R
Fecha: 26-Ago-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 13 de mayo de 2003 (fs. 2 a 7), el recurrente afirma que dentro del proceso ejecutivo por cobro de dinero que Félix Jorge Guzmán Santiesteban y Miriam Cristina Crespo de Guzmán tramitaron a sus espaldas, a raíz del contrato de anticresis suscrito con ellos, existieron diversas irregularidades, comenzando por el señalamiento de un domicilio falso, las diligencias de citación a su persona firmadas por un testigo que es el Secretario de la parte adversa, y otros, que provocaron que no se entere de dicho proceso sino hasta “hace unos días”.