Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2003-R
Fecha: 28-Ago-2003
II.4.
II.4. El recurrente, por carta SERNAP-DIR 1024 /03 de 5 de mayo (fs. 2), representó ante el Director General Administrativo del Ministerio la decisión de suspenderlo. Reiteró su reclamo en 26 de mayo (fs. 4). En el cuaderno procesal recibido en este Tribunal no existe constancia sobre respuesta alguna que se haya dado a las reclamaciones del actor.