I.7 Mediante Resolución 104/03 de 17 de mayo de 2003 (fs. 133),
I.7 Mediante Resolución 104/03 de 17 de mayo de 2003 (fs. 133), el Tribunal de amparo reguló por concepto de daños y perjuicios la suma de Bs3.000.- a favor de los recurrentes, en virtud a la inexistencia de elementos de juicio para la calificación correspondiente, a excepción del honorario de abogado que lo fijó de acuerdo al Arancel Mínimo del Colegio de Abogados de La Paz.
