AUTO CONSTITUCIONAL 421/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 421/2003-CA

Fecha: 15-Sep-2003

Fragmento 3

Con la respuesta de la parte contraria Ada Luz F. de Bas Werner, Jueza Sexta de Partido Civil-Comercial de La Paz, por Resolución 789/2003 de 20 de agosto de 2003, rechaza el incidente por encontrarse manifiestamente infundado por cuanto la oportunidad de interposición del incidente de inconstitucionalidad ha precluido al encontrarse el proceso no solamente con sentencia ejecutoriada sino que está siendo ejecutada al haberse realizado las medidas previas al remate. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley 1836, del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal.