SENTENCIA CONSTITUCIONA 1392/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONA 1392/2003-R

Fecha: 24-Sep-2003

1)

El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: 1) el Ministerio de Hacienda mediante la Unidad de Recursos Humanos  le entregó a Miryam Katner de Peña, el memorando donde se señala que se elimina su ítem y su cargo, afirmación falsa por que ese ítem esta asignado a Genaro Cerezo Condori; 2) la supresión no ha sido justificada técnicamente ni se cumplió con el art. 32.h) del DS 26115; 3) su defendida no ha incurrido en ninguna de las causales del art. 41 EFP; 4) se le reincorpore a su fuente de trabajo y se le paguen los sueldos devengados.

El apoderado de la autoridad recurrida señala: 1) no esta en discusión  si la recurrente es o no funcionaria de carrera; 2) el art. 32 EFP establece como causal de retiro la supresión de ítem, lo que se dio por la reducción del diez por ciento del grupo 1000 en los gastos de la administración pública aprobada por la Ley del Presupuesto; 4) se ha suprimido el ítem de la recurrente como en muchas áreas del Ministerio de Hacienda donde hubo la necesidad de reducir sueldos al personal como suprimir  ítems; 5) una vez que la Superintendencia de Servicio Civil  resolvió la reincorporación porque no se ha dado el preaviso de ley se le pasó a la partida de contratos y se dispuso su reincorporación y contratación por 30 días para cumplir el preaviso omitido, debido a que en la partida 117 a la que pertenecía la recurrente no existe recursos para cumplir con la resolución; 6) asimismo la recurrente no ha agotado todas las instancias  administrativas dirigiendo notas para que se cumpla con la resolución administrativa, tampoco se pronunció sobre la oferta planteada.