SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1272/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1272/2003-R

Fecha: 01-Sep-2003

III.1

III.1        De obrados se determina claramente que la prueba aportada por la recurrente es insuficiente, ya que si bien acredita la existencia tanto de la renuncia del Concejal Titular Juvenal Escalante Guzmán, como la sentencia condenatoria pronunciada en su contra, en ningún momento demuestra que dicha sentencia esté ejecutoriada y menos que tales documentos hayan sido considerados en una sesión del Concejo, como corresponde, y que en dicha reunión se haya adoptado alguna determinación y pronunciado alguna resolución al respecto, sea por la aceptación de la renuncia o la suspensión definitiva del Concejal Titular, que dé como consecuencia la convocatoria al Suplente para que asuma la titularidad, aspecto que sin embargo, es reclamado por la actora en este recurso, sin demostrar el cumplimiento de estos pasos previos e inexcusables del Concejo, sobre cuya base recién podría pedir su habilitación e incorporación al recurrido, en su calidad de Presidente del ente deliberante.