SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1301/2003-R
Fecha: 09-Sep-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Por memoriales presentados el 29 y 30 de mayo de 2003, cursantes de fs. 82 a 84 y 86, el recurrente asevera ser único y legítimo propietario de la camioneta marca Toyota, con placa de circulación 199-CSB, registrada en la Alcaldía de Montero y en la Dirección Provincial de Tránsito; vehículo que, el 9 de mayo de 2003, fue secuestrado por el policía recurrido, Juvenal de la Fuente Durán y otros, sin ninguna orden judicial, menos la presencia de un representante del Ministerio Público, pese a que mostró sus documentos y expresó que tenía que trasladar alimentos, ofreciendo presentarse en dependencias de DIPROVE; sin embargo, fue expulsado en forma arbitraria, con el aval del Fiscal co-recurrido José Luis Molina Rodrigo, siendo vanas sus peticiones para la devolución del vehículo.