Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1301/2003-R
Fecha: 09-Sep-2003
II.4
II.4 Tanto el denunciante (fs. 5 a 12, 24 a 25), como el recurrente (27 a 52, 70 a 80), cuentan con documentación referida a la propiedad del vehículo en cuestión, existiendo indudablemente controversia sobre su dominio, extremo que además surge del estudio pericial por el que se determinó la imposibilidad de obtener los caracteres auténticos de los números de motor y chasis (fs. 94-95).