SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1308/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1308/2003-R

Fecha: 09-Sep-2003

improcedente

La Resolución Constitucional 7/2003 de 12 de junio, cursante de fs. 141 a 144 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declara improcedente el recurso, con costas y multa de Bs100.-, dejando establecido que los bienes que están bajo tuición de los recurridos, están bajo su absoluta responsabilidad civil, penal y administrativa, determinándose la notificación al Fiscal de Distrito para que supervigile la administración de esos bienes en tanto se salve la consulta al Tribunal Constitucional. Este fallo se funda en que tanto el Estatuto Orgánico como el Reglamento Interno de la Federación Única de Trabajadores Campesinos de Oruro establecen que la resolución de las controversias de carácter sindical que se presentasen deben ser resueltas por la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia, a través de la Secretaría de Justicia y Conflictos, instancia a la cual no han acudido los recurrentes.