SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1422/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1422/2003-R

Fecha: 29-Sep-2003

III.2.

III.2.   En la especie, el actor fue legalmente notificado con la Resolución Ejecutiva 179/2003 de  15 de mayo de este año, el 20 de junio, sin que haya presentado ningún recurso impugnando esa decisión, motivo por el que este amparo resulta improcedente, dado su carácter subsidiario que determina que únicamente procede cuando la persona ha agotado todos los recursos y medios   que la ley le franquea para defender sus derechos e intereses, cuando tales vías no existen o, si existiendo, no le asegura la protección inmediata y eficaz que requiere frente a un daño inminente e irreparable, cosa que no sucede en este caso, pues, a más de no haber demostrado la posesión que alega tener en el terreno objeto de controversia, el presunto derecho que invoca debe ser  definido  en la vía  judicial pertinente, no siendo posible hacerlo por medio de este recurso extraordinario, sumarísimo y expeditivo.