Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1422/2003-R
Fecha: 29-Sep-2003
improcedente
La Sentencia cursante a fs. 27-28, pronunciada el 2 de agosto de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara improcedente el recurso, con estos fundamentos; 1) el recurrente pretende quedarse indefinidamente en un terreno que es propiedad municipal destinado a áreas verdes, arguyendo un derecho de posesión, desconociendo que el amparo constitucional no puede definir derechos; 2) el actor no formuló reclamo alguno contra la Resolución ahora objetada, no siendo el amparo constitucional sustitutivo de otros recursos legales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- las Resoluciones emitidas por una autoridad ejecutiva de Gobierno Municipal podrán ser impugnadas
- recurso de revocatoria,
- III.2.
- APRUEBA