AUTO CONSTITUCIONAL 032/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 032/2004-CA

Fecha: 19-Ene-2004

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Humberto Pacheco Severich dentro del juicio ejecutivo seguido por Hernán Montero Rojas representado por Rafael Montero Serrudo en su contra, por memoriales de  fs. 8 y 10 del expediente (ampliación), manifiesta que interpone recurso incidental o indirecto de inconstitucionalidad, argumentando que  el juzgado desde el día  en que la sentencia pronunciada dentro del referido proceso se halla ejecutoriada, procedió a dar aplicación sucesiva y permanente a la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760 de 28 de febrero de 1997, tal como consta en cada uno de los actuados correspondientes, sin excepción, confiriendo al procedimiento de ejecución de sentencia, un carácter retroactivo en forma indebida y antijurídica, en razón de la disposición transitoria primera de la misma ley, saliendo del marco del principio de la irretroactividad en el orden civil, vulnerando el art. 33 de la Constitución Política del Estado, por lo que dichos actuados producidos en ejecución de sentencia son nulos de pleno derecho.

Solicita en el memorial de ampliación se decrete la inaplicabilidad  del art. 517 del Código de procedimiento civil, que es invocado por los operadores de justicia a sabiendas de que es de preferente aplicación la serie de preceptos constitucionales y adjetivos que establecen el derecho de petición en juicio y el derecho de defensa, que en el presente caso han sido desconocidos.