SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2004-R
Fecha: 07-Ene-2004
III.4
III.4 Con la atribución conferida por la norma legal citada, DILOS emitió la Resolución Administrativa 05/2003 de 1 de agosto de 2003, que dejó sin efecto el memorando de 28 de enero del mismo año de agradecimiento de servicios, disponiendo que en el día el Director Técnico del SEDES restituya a la funcionaria Ana María Gonzáles Nava (recurrente) en su cargo de Auxiliar de Oficina de dicha entidad y no obstante de ello hasta la fecha de interposición del recurso, no se ha dado cumplimiento a la misma vulnerando de esta manera los derechos invocados por la recurrente, sin que sea válido el justificativo de que dicha resolución no tiene validez pues mientras no sea dejada sin efecto por una similar su cumplimiento y efectivización es obligatoria, ya que no corresponde a este Tribunal ingresar a considerar su validez o la falta de ella, más aún si se toma en cuenta que el 27 de enero de 2003, es decir un día antes de su destitución DILOS-Cochabamba emitió la Resolución 01/2003, por la que resolvió "dejar sin efecto todos los cambios, destituciones, designaciones y convocatorias a concurso de méritos y examen de competencia realizadas por el Servicio Departamental de Salud, en el Municipio del Cercado, a partir del 1º de enero de 2003, hasta que un análisis exhaustivo de la realidad de los recursos humanos en salud sea debatida y tratada en el DILOS, y todas las posteriores contrataciones e incorporaciones deberán ser bajo la modalidad de concurso de méritos y examen de competencia".