SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2004-R
Fecha: 07-Ene-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el Juzgado de Instrucción Cuarto en lo Civil y Comercial se está tramitando el proceso ejecutivo seguido por la empresa ROGHUR S.A. contra la Corporación Educativa Santa Cruz S.A. (Colegio EAGLES´ SCHOOL), entidad de la que aparece como su representante, no obstante que él ejerció ese mandato sólo hasta el año dos mil (2000). Dentro de este proceso promovió el incidente de nulidad de la citación con la demanda por cuanto él jamás fue citado conforme a las previsiones legales, haciendo conocer a la jueza sobre quienes son los actuales representantes y apoderados de la entidad ejecutada para lo que acompañó documentación original e inclusive solicitó que se realice una inspección al colegio y tomarse la declaración de los porteros para comprobar que el Oficial de diligencias del juzgado no regresó al día siguiente para cumplir con la citación anunciada en el papel que dejó al portero. El 26 de julio de 2003, mediante resolución pronunciada por la jueza, el incidente fue rechazado y se ordenó la prosecución de la causa basándose en el informe de FUNDEMPRESA, sin considerar que en una entidad son los representantes entrantes los que deben encargarse de tramitar el registro de los poderes y otros instrumentos para ejercer su representación.
Contra la determinación tomada por la jueza interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, no habiéndose dado lugar a la reposición y concediéndose el recurso de apelación en el efecto diferido, por lo que, a pesar de haber demostrado su impersonería para ser demandado se encuentra en una incertidumbre y sufriendo injustificadamente un perjuicio profesional, personal y financiero.