SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En el escrito de 13 de noviembre de 2003 de fs. 11 a 12, los recurrentes manifiestan que el 9 de noviembre del año en curso a horas 17:30 p.m., Jorge Bravo, Concejal Municipal, Manfredo Alba Jefe de Catastro y José Tefinbok, Corregidor, allanaron el domicilio de Francisco Aguilera Chuvez (recurrente), armados con palos, chicotes y armas de fuego pretendiendo hacerlo hablar sobre el paradero de “Gerardo e Isidro”, amenazándolo de muerte. Asimismo el mismo día a horas 17:40 p.m., se presentaron en el puesto de venta de los esposos Gerardo Bazualdo Avalos y Jovita Alba Escobar, ubicado en el mercado “31 de agosto” a quienes agredieron físicamente, arrastrándolos por el suelo con el fin de llevarlos a la plaza para matarlos y colgarlos; empero por un descuido el primero de los nombrados logró escapar gracias a la intervención de un policía que también salvó la vida de su esposa e hijo menor de 10 años, sin embargo los recurridos saquearon dicho puesto, robando la suma de $US1500, una heladera, dos conservadoras, una licuadora, mesas y sillas.
Añaden los recurrentes, que posteriormente a horas 18:30 aproximadamente el mismo grupo de personas allanaron el domicilio de Isidoro Llanos Condori quien en ese momento no se encontraba, procediendo a golpear a los que estaban en el domicilio entre ellos a Paulino Condori exigiéndole que indique el paradero de “Isidoro” para matarlo. Es así que desde esa fecha (9 de noviembre) están siendo indebida e ilegalmente perseguidos, amenazados de muerte, expulsados de sus casas, desamparando a su familia que no saben que suerte están corriendo, pues según informaciones que han recibido los recurridos continúan buscándolos, por lo que sus vidas como la de sus familiares se encuentran en grave peligro violando de esta manera sus derechos y garantías consagrados en la CPE, pues allanaron sus domicilios sin autorización de autoridad competente y sin que exista delito in fraganti, motivando que interpongan el presente recurso contra los arriba nombrados, Manfredo Alba, Jorge Bravo, Isabel Aponte, Antonio Rojas y Ernestina Bravo.