Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
III.2
III.2 En el caso de análisis, se evidencia que el recurrente no ha cumplido con la exigencia establecida en el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por cuanto, no ha demostrado que sobre el lote de terreno en cuestión se hubieran dado los actos denunciados como ilegales por parte del Gobierno Municipal, fundamentalmente, respecto al supuesto proceso de expropiación iniciado sobre ese inmueble.