Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2004-R
Fecha: 16-Ene-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que el Juez recurrido ha vulnerado el derecho a la defensa y el debido proceso al no haberles notificado a sus representados en forma personal con la sentencia condenatoria y al haberle negado el recurso de apelación de la resolución que niega el recurso de revocatoria de la resolución que a su vez rechazó la nulidad de obrados planteada por sus mandantes. En ese sentido, corresponde en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.