Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 576/2004-CA-Bis
Fecha: 19-Oct-2004
rechazó el incidente
Con la respuesta de la parte contraria, Isidoro Camargo Aracena, Juez Instructor Primero en lo Civil de Potosí, por Resolución de 7 de octubre de 2004, rechazó el incidente por haber sido interpuesto cuando el trámite se encontraba en ejecución de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal.
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó el incidente
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos”.
- carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
- APRUEBA