SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1666/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1666/2004-R

Fecha: 14-Oct-2004

III.2.

III.2.   Al margen de la referida causal de improcedencia, cabe señalar que el recurso igualmente hubiese sido improcedente aún cuando el recurrente hubiera agotado el medio de impugnación estipulado en la norma prevista por el art. 42 referido, pues la Resolución que impugna el recurrente ha sido dictada por un Tribunal colegiado, de manera que los recurridos no hubieran tenido ni tienen la suficiente legitimación pasiva para responder por sí por la decisión asumida en la Resolución, pues el recurrente debió haber recurrido a todos los miembros del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas de la Nación, ya que sólo así se hubiese podido analizar el supuesto acto ilegal.