SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1728/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1728/2004-R

Fecha: 28-Oct-2004

III.2.

III.2.      En el recurso interpuesto, se constata que dentro del proceso investigativo iniciado por la desaparición del funcionario policial del COA Samuel Encinas, la recurrente se apersonó voluntariamente y luego se abstuvo de prestar su declaración informativa, optando por guardar silencio,  garantía constitucional reconocida por el art. 14 de la CPE, a cuya conclusión el Fiscal demandado ordenó su aprehensión, mediante una Resolución que no está debidamente fundamentada como correspondía de acuerdo con lo que dispone el art. 73 CPP y 61 LOMP, limitándose a hacer una relación de los supuestos hechos ocurridos y señalar que en el -caso presente- se colige la existencia de indicios así como los requisitos previstos en el art. 226 del CPP, refiriéndose al informe de los mismos funcionarios del COA como a otras declaraciones producidas en la investigación, sin sustentar de manera motivada la medida restrictiva de libertad.  En consecuencia la aprehensión dispuesta por la autoridad fiscal demandada fue ilegal e indebida, por lo que corresponde otorgar la tutela establecida por el art. 18 de la CPE.