SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1728/2004-R
Fecha: 28-Oct-2004
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, ratificando la libertad de la recurrente e impone el pago de daños y perjuicios por parte de la autoridad recurrida, con los siguientes fundamentos: 1) la Resolución dictada por el Fiscal demandado que dispone la aprehensión de la recurrente, no fue debidamente fundamentada; 2) si bien a la recurrente antes de prestar su declaración, de la que se abstuvo, se le advirtió de los derechos y garantías que le asisten, sin embargo no se le informó del hecho que se le atribuye, las circunstancias y elementos que por su importancia se vinculan con la calificación jurídica.
Por lo antes relacionado resulta pertinente otorgar la tutela solicitada porque la situación planteada se halla dentro de las previsiones del art. 18 de la CPE, de manera que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.