SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1731/2004-R
Fecha: 27-Oct-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a su derecho a la libertad física, consagrado en el art. 6.II de la CPE denunciando que ha sido vulnerado por la autoridad recurrida, puesto que a consecuencia del accidente de tránsito que fue producido por el vehículo de su propiedad, en el que falleció una persona, se presentó en forma voluntaria a prestar declaraciones informativas, colaborando incluso en todo momento en auxilio del accidentado y posteriormente en los gastos que requirió la familia del mismo, sin embargo, el Fiscal recurrido ignorando estos hechos y que el accidente se debió a un caso fortuito, procedió a su aprehensión. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por la Jueza de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.