I.
Dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Filiberto Patón Sangüeza contra Juan Fernando Del Granado Cosío, se dictó la SC 0591/2004, declarando procedente la referida acción tutelar y disponiendo que la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, concluya el trámite de expropiación del inmueble de propiedad de los representados del recurrente, en el plazo máximo de tres meses computable desde su notificación con la referida Sentencia Constitucional. Asimismo, en la vía de complementación y enmienda, este Tribunal pronunció el AC 0032/2004-ECA, de 21 de mayo, en cuya parte resolutiva resuelve enmendar la SC 0591/2004-R condenando al pago de daños y perjuicios a la Alcaldía Municipal de La Paz, los que deberán ser calificados por el Tribunal de amparo de acuerdo a lo establecido en la norma prevista por el art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
En este contexto, el denunciante señala que el trámite de expropiación del inmueble de sus representados se radicó en el Juzgado Décimo Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, cuyo Juez, el 2 de septiembre de 2004 procedió a la designación del perito dirimidor a efectos de realizar la valuación del inmueble. Sin embargo, los representantes de la Alcaldía de La Paz de manera artera y temeraria, pese a reconocer expresamente que fueron notificados el 17 de mayo de 2004 con la Sentencia Constitucional cuyo incumplimiento ahora se denuncia, le acusan de ser el culpable para que el trámite de expropiación anteriormente referido no se cumpla dentro del plazo otorgado por el Tribunal Constitucional, cuya conclusión debía producirse antes del 17 de agosto de 2004, hecho que no se produjo ni por los constantes reclamos y solicitudes que formuló al respecto.
Con estos fundamentos denuncia el incumplimiento de la SC 0591/2004-R por parte del Alcalde Municipal de La Paz, pidiendo que el Tribunal Constitucional ordene el cumplimiento de la misma, y se disponga la remisión de antecedentes ante el Fiscal de Materia del Distrito de La Paz para el procesamiento penal correspondiente.
