AUTO CONSTITUCIONAL 630/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 630/2004-CA

Fecha: 23-Nov-2004

quien

En el caso que nos ocupa no existe ningún argumento jurídico que sustente el recurso planteado, por cuanto no se precisa de qué manera se ha dado la usurpación de funciones o la falta de jurisdicción y competencia en que hubieran incurrido Andrés Miranda Arandia y Carlos Eduardo Siemen Valdez, Director de Recaudaciones y Jefe de la Unidad de Fiscalización de la Alcaldía Municipal de La Paz, al pronunciar el Auto de 6 de octubre de 2004 y Edelniro Gutiérrez V. y Marco Encinas Basconina, funcionarios de Asesoría Técnica Jurídica del mismo Municipio, al emitir del Informe 170/2004 de 25 de agosto de 2004. Consecuentemente los fundamentos esgrimidos por el recurrente no corresponden ni son pertinentes al recurso en análisis.