SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1764/2004-R
Fecha: 09-Nov-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los abogados del recurrente ratificaron los fundamentos expuestos en el recurso y los ampliaron en sentido de que el Auto emitido por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, que impone la medida cautelar, adolece de un requisito esencial que es el establecido en la norma contenida en el art. 124 del CPP, que señala que las sentencias y autos serán fundamentados, expresando los motivos de hecho y de derecho en los cuales se basa la decisión, el Juez recurrido basó su Resolución en los presupuestos de la norma prevista en el art. 233 del CPP, sin considerar que si no existe hecho punible menos puede haber una posible autoría y además, que los requisitos establecidos en la mencionada disposición legal, deben ser compulsados integralmente.