SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1771/2004-R
Fecha: 11-Nov-2004
a)
El abogado de las autoridades recurridas prestó informe en la audiencia de amparo, indicando lo siguiente: a) el Alcalde Municipal titular, Mamerto Cortez, se encuentra suspendido debido a un proceso instaurado en su contra, nombrándose a un interino, y lo que se discute es que se hubiera elegido a otro Alcalde interino ante las denuncias de irregularidades; b) la gestión de la alcaldesa Isabel Tapia Rojas es muy resistida por los continuos reclamos y denuncias del Comité de Vigilancia que llegaron hasta el Ministerio de Hacienda y al Presidente de la Comisión de Participación Popular del Senado, al extremo que la propia población de Viacha exigió la renuncia de la Alcaldesa por considerar que es corrupta; c) esos acontecimientos estaban rebasando la autoridad en Viacha, produciéndose la unidad y armonía en el área urbana y rural, apoyando el nombramiento del nuevo Alcalde interino y suscribiéndose un acta de entendimiento entre las autoridades originarias y municipales; d) el Concejo Municipal envió casi 200 minutas de comunicación a la Alcaldesa advirtiendo que su conducta estaba al margen de la ley, pero no se tuvo respuesta alguna; e) el Concejo Municipal ha cumplido con lo establecido por la Constitución Política del Estado y con la Ley de Municipalidades, pues de acuerdo al clamor popular, se ha procedido a nombrar a otro Alcalde interino mientras se decida la situación del titular que está sometido a un proceso; f) si la Alcaldesa no estaba de acuerdo, pudo haber solicitado la reconsideración de la Resolución impugnada, de acuerdo al art. 22 de la LM, pero no lo hizo.