AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2004-CDP
Fecha: 01-Dic-2004
I.1.
I.1.Mediante SC 0261/2004-R, de 27 de febrero, el Tribunal Constitucional aprobó la Resolución de 28 de noviembre de 2003, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró procedente el amparo planteado por Delia Ramos Caballero contra Luis W. Herbas Nogales y Richard Olivera Flores, Director Departamental de DIPROVE y funcionario del mismo, respectivamente, dependiente del Organismo Operativo de Tránsito, “disponiendo la devolución en el día del vehículo automóvil Marca Nissan, Tipo Sunny Placa 1182-PBL a la recurrente”, con las responsabilidades previstas en el art. 102.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) a hacerse efectivas luego de la revisión del fallo ante el Tribunal Constitucional.