Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2004-CDP
Fecha: 01-Dic-2004
I.2.
I.2. Devuelto el expediente a la Corte de origen (fs.69) y decretado el “cúmplase” en 4 de marzo de 2004 (fs. 69 vta.), Delia Ramos Caballero, solicitó el pago de daños y perjuicios; por Auto de 11 de junio de 2004, se dispuso la apertura del término incidental de prueba de ocho días para acreditarse los daños y perjuicios (fs. 71 vta.), providencia con la que fue notificada la actora el 28 de junio de 2004 a horas 10:45 (fs. 72). Posteriormente el Abogado de la recurrente solicitó el pago y regulación de sus honorarios (fs.73) que mereció el proveído de 11 de junio de 2004, fs. 73 vta.