APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución 746/2004 de 8 de diciembre de 2004, pronunciada por Rosario V. Sánchez Sánchez, Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, cursante a fs. 22-23 del expediente.
- Rosario V. Sánchez Sánchez, Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz,
- 50 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760
- I.2. Respuesta al recurso
- I.3. Resolución de la autoridad administrativa
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- cuando el Tribunal hubiere desestimado antes en el fondo un recurso de naturaleza y con objeto sustancialmente análogos.
- declarado constitucional el art. 50 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar, 1760,
- APRUEBA
