SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1860/2004-R
Fecha: 03-Dic-2004
improcedente
Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) la aprehensión del representado del recurrente se ordenó debido a su incomparecencia, sin que se haya efectivizado la orden, por lo que no se ha restringido su libertad; 2) el funcionario policial co-recurrido se limitó a cumplir las órdenes del Fiscal.
Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Juez de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.