SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1875/2004-R
Fecha: 07-Dic-2004
procedente
La Resolución 030/2004 de 30 de octubre, cursante de fs. 52 a 54 vta., pronunciada por los vocales de la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declaró procedente el recurso y dispone que se haga efectiva la libertad del recurrente, con el fundamento siguiente: a) la interposición del recurso de apelación restringida por el coacusado no es óbice para llevar adelante la determinación del perdón judicial que necesariamente debe traducirse en otorgar la libertad inmediata, por no existir responsabilidad civil que resarcir y por no estar sujeta a los requisitos ni obligaciones impuestos por el art. 24 del CPP; b) la orden de libertad dispuesta catorce días después de haber cobrado ejecutoria la Sentencia y que no se ha hecho efectiva hasta el momento constituye privación indebida de libertad, más aún si el acusador público no impugnó la Sentencia en el plazo que señala el art. 408 del CPP.