SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1885/2004-R
Fecha: 09-Dic-2004
II.3.
II.3. El 25 de agosto de 2004, ante Notaria de Fe Pública, Sergio Cahvea Arauz declaró que fue contratado por Javier Eugenio Paco para realizar una construcción de madera para cuyo fin, el 10 de agosto de 2004, se apersonó al lote que tenía plantaciones de yuca y todo el perímetro cerrado con madera, y cuando regresó el 15 del mismo mes y año, encontró las plantaciones arrancadas por todo lado y destrozado el cerco, añadiendo que Eronilda Herrera estaba construyendo una pequeña casa (fs. 16 y vta.); Eduardo Achocalla Quispe, en la misma fecha y ante la misma Notaria, declaró que el 11 de agosto Eronilda Herrera ingresó en forma violenta al lote de Javier Eugenio Paco argumentando ser propietaria, destrozando el cerco y plantaciones de yuca, y que a la fecha (25 de agosto) Eronilda Herrera empezaba a construir (fs. 15). El 26 de agosto de 2004, Maria Herrera de Poca declaró que Eronilda Herrera entró violentamente al lote de Máxima Paque el 11 de agosto de 2004, sacó el cerco de madera, los sembradíos de yuca y empezó a construir una casita (fs. 14).