SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1885/2004-R
Fecha: 09-Dic-2004
III.2.
III.2. En el caso examinado, los recurrentes no han demostrado fehacientemente la ocupación y avasallamiento que alegan en el recurso pues únicamente presentaron la declaración jurada de dos vecinos y de un albañil efectuadas en 25 y 26 de agosto del año en curso, constatándose por los antecedentes procesales que por una parte existe la escritura de venta de un lote de 360 m2 en su favor, que está inscrita en DD.RR.; y por otra, que la recurrida también alega su derecho propietario sobre el bien aunque no acredita la inscripción en DD.RR., además de haber demostrado mediante las fotografías presentadas en la audiencia que tiene instalada en la misma propiedad una construcción de madera cuya data no es posible precisar como tampoco la posesión tanto de los recurrentes como de la demandada. En consecuencia, al existir derechos controvertidos su resolución no corresponde a la jurisdicción constitucional reservada para ejercer el control de constitucionalidad y garantizar la primacía de la Constitución, el respeto y vigencia de los derechos indiscutidos y garantías fundamentales de las personas, sino a la justicia ordinaria a objeto de que dentro del proceso respectivo se pueda determinar el derecho propietario o posesorio conforme a nuestro ordenamiento jurídico.