SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2004-R

Fecha: 13-Dic-2004

III.2.

III.2. La línea jurisprudencial citada es aplicable al caso en examen, por cuanto la recurrente alega encontrarse indebidamente procesada, afirmando que dentro del proceso penal seguido en su contra por el delito de encubrimiento, el Fiscal recurrido presentó acusación formal el 20 de octubre de 2004, luego de que el plazo de la etapa preparatoria extinguió, al haber formulado imputación en contra suya el 18 de febrero de 2004, presentando la acusación en forma extemporánea sin que exista ampliación del plazo a pesar de la conminatoria a la Fiscal de Distrito para que presente acusación dentro del plazo de cinco días, conforme lo establece el art. 134 del CPP. Sin embargo, tales extremos no pueden ser considerados dentro del presente hábeas corpus cuya finalidad es la protección a la libertad de la persona en sus diversas manifestaciones, de la que no está privada la recurrente, al encontrarse libre en virtud de las medidas sustitutivas impuestas por la autoridad jurisdiccional, aspecto que impide analizar el fondo de la problemática debido a que los actos considerados de ilegales no afectan el derecho a la libertad de la recurrente, toda vez que para la procedencia del recurso de hábeas corpus el derecho a la libertad o de locomoción debe encontrarse suprimido o, en su caso, debe existir amenaza de restricción a causa del acto considerado ilegal, situación que no ocurre en el caso en examen, conforme se ha establecido.