SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
improcedente
La Resolución 77/2004, dictada por el Juez Segundo de Partido de Sentencia de El Alto, del departamento de La Paz, cursante de fs. 43 a 45, declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) se establece que la recurrente ha sido objeto de una denuncia por la supuesta comisión del delito de complicidad y encubrimiento del delito de asesinato; 2) se notificó al imputado principal mediante edicto en fecha 12 de octubre del presente año, habiendo transcurrido hasta la fecha aproximadamente un mes; 3) la extinción de la acción penal conforme establece el art. 134 del CPP, debe viabilizarse cuando la etapa preparatoria haya sobrepasado el plazo máximo de seis meses, en el caso de autos, se establece su inicio desde el 12 de octubre, debido a la notificación por edictos; 4) al estar la recurrente en libertad, no se encuentra en peligro alguno, pudiendo asumir su defensa en el juicio oral, teniendo la recurrente la alternativa, de la apelación incidental de la Resolución de la Jueza de Instrucción en lo Penal donde se le negó la extinción de la acción penal.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente
- a no ser
- III.2.
- III.3.
- APROBAR