Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
II.2.
II.2. El 29 de septiembre de 2004, el Juez de hábeas corpus, dando aplicación a la norma prevista por el art. 18.II de la CPE, admitió el recurso de hábeas corpus y señaló audiencia para el mismo día a horas 18:00, habilitando para ello el horario extraordinario. Asimismo dispuso que se notifique al corecurrido Jefe de Policía de Caranavi en forma personal o mediante cédula, debiendo presentar al detenido Juan Poma Flores (fs. 7).